Mindeporte

Autorizaciones de uso terapéutico

miércoles, 03 de febrero de 2021

Normatividad antidopaje Ampliar Imagen

Normatividad antidopaje


¿Qué es una Autorización de Uso Terapéutico (AUT)?

Los deportistas pueden tener enfermedades o afecciones que requieran del uso de medicamentos o la realización de procedimientos médicos. Si el medicamento o método que un atleta requiere utilizar para tratar una enfermedad o afección está prohibido según la Lista de prohibiciones de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), puede concedérsele al deportista una AUT que lo autorice a usar esa sustancia o método mientras compite sin incurrir en una Infracción de las normas antidopaje (INAD) y la sanción aplicable. Las solicitudes de AUT son evaluadas por un panel de médicos, el Comité de AUT (CAUT).

Las AUT de la ONAD son válidas únicamente para controles en competencia y fuera de competencia a nivel nacional.

¿Cuáles son los criterios para la aprobación de una AUT?

Deben cumplirse los cuatro criterios siguientes (para obtener más detalles, consulta el artículo 4.2 del Estándar internacional de autorización de uso terapéutico de la AMA (ISTUE):

- El deportista tiene una condición médica claramente diagnosticada que requiere tratamiento con una sustancia o método prohibido;

- El uso terapéutico de la sustancia no producirá, en el balance de las probabilidades, una mejora significativa del rendimiento del deportista más allá del rendimiento en su estado normal de salud;

- La sustancia o método prohibido es un tratamiento indicado para la afección médica y no existe una alternativa terapéutica permitida razonable;

- La necesidad de utilizar esa sustancia o método no es consecuencia del uso anterior (sin una AUT) de una sustancia o método cuyo uso estaba prohibido en ese momento.

¿Quién debe solicitar una AUT? ¿Dónde y cuándo presentar la solicitud?

Los deportistas que están sujetos a las normas antidopaje necesitarán una AUT para utilizar una sustancia prohibida o un método prohibido. Debes verificar con la Organización Nacional Antidopaje de Colombia, controldopaje@mindeporte.gov.co para saber ante quién debes presentar la solicitud y si puedes presentarla de manera retroactiva.

Primero, verifica si el medicamento que debes tomar o el método que requieres usar están prohibidos según la Lista de prohibiciones de la AMA.[página de la Lista de prohibiciones.

Tienes la responsabilidad de informar a tu(s) médico(s) que eres un deportista sujeto a las normas antidopaje. Tanto tú como tu(s) médico(s) deben verificar si la sustancia/método que te recetaron figura en la Lista de prohibiciones. Si la sustancia/método está prohibida, se deben analizar las alternativas no prohibidas; si no las hay, solicita una AUT. Recuerda que la responsabilidad final recae en los deportistas.

Comunícate con la Organización Nacional Antidopaje de Colombia, controldopaje@mindeporte.gov.co para determinar tu nivel de competición y los requisitos para la solicitud de una AUT.

Si se determina que eres un Deportista de Nivel Nacional (Todo deportista que pertenezca a una federación nacional (incluyendo sus ligas y clubes) y que no esté considerado como deportista del nivel internacional por la federación internacional respectiva, debes presentar una solicitud a la Organización Nacional Antidopaje de Colombia por adelantado, tan pronto como surja la necesidad, a menos que existan circunstancias excepcionales o de emergencia.

Para las sustancias prohibidas únicamente en competencia, debes solicitar una AUT al menos 30 días antes de tu próxima competencia.

Consulta abajo la sección "¿Cómo solicitar una AUT en la Organización Nacional Antidopaje de Colombia?"

Nota importante:

Una AUT concedida por la Organización Nacional Antidopaje de Colombia solamente es válida a nivel nacional. Si eres o llegas a ser un Deportista de Nivel Internacional, o participas en grandes eventos deportivos, esa AUT no será válida a menos que sea reconocida por la Federación Internacional correspondiente (FI) o la Organización Responsables de Grandes Eventos (MEO por sus siglas en inglés). Es tu responsabilidad comprobar si la AUT emitida por la Organización Nacional Antidopaje de Colombia es reconocida automáticamente por la FI o la MEO.

La Organización Nacional Antidopaje de Colombia puede ayudarte en la determinación de tu nivel y con los requisitos de aplicación para una AUT y, de ser necesario, a presentar la AUT de la Organización Nacional Antidopaje de Colombia a una FI o a la MEO para su reconocimiento. Por favor, contáctanos a controldopaje@mindeporte.gov.co

¿Puedo obtener una AUT retroactiva?

Solo puedes solicitar una AUT de forma retroactiva a la Organización Nacional Antidopaje de Colombia si:

- Se trató de una emergencia o se necesitó tratamiento urgente por una condición médica.

- No hubo tiempo u oportunidad, o circunstancias excepcionales te impidieron enviar la solicitud de AUT o hacer que esta se evaluara antes de la recolección de muestras.

- Según nuestras reglas antidopaje no se te permitió o no se te requirió que solicitaras por adelantado una AUT.

- Eres un deportista de nivel inferior que no está bajo la jurisdicción de una Federación Internacional u Organización Nacional Antidopaje y te recogieron una muestra.

- Tuviste un hallazgo analítico adverso después de usar una sustancia fuera de competencia que solo estaba prohibida en competencia.

En circunstancias excepcionales y sin perjuicio de cualquier otra disposición en el ISTUE, puedes solicitar y obtener una aprobación retroactiva para el uso terapéutico de una sustancia o método prohibido si, considerando el propósito del Código, sería manifiestamente injusto su no otorgamiento.

Esta AUT retroactiva única solo se otorgará con la aprobación previa de la AMA (y la AMA puede, a su absoluta discreción, aceptar o rechazar la decisión de la Organización Nacional Antidopaje de Colombia)

Nota importante:

El uso de una sustancia o método prohibido sin una AUT podría resultar en una Infracción de las normas antidopaje.

En caso de que sea necesaria una solicitud de AUT retroactiva después de la recolección de la muestra, se recomienda tener un expediente médico preparado y listo para enviarlo para su evaluación.

¿Cómo solicitar una aut a la organización nacional antidopaje de Colombia?

Descarga el Formulario de solicitud de AUT de la Organización Nacional Antidopaje de Colombia https://www.onadcolombia.gov.co/organizacion-nacional-antidopaje/normatividad-onad/autorizaciones-uso-terapeutico/formato-autorizacion-uso-terapeutico y, una vez debidamente completado y firmado, enviar junto con el expediente médico requerido a controldopaje@mindeporte.gov.co

El expediente médico debe incluir:

Un historial médico completo, incluida la documentación del médico o médicos que realizaron el diagnóstico original (cuando sea posible);

- Los resultados de todos los exámenes, investigaciones de laboratorio y estudios de imágenes relevantes para la aplicación.

Cualquier solicitud de AUT que no esté completa o no sea legible no será tratada y será devuelta para que se vuelva a completar y enviar.

Para ayudarte a ti y a tu médico a proporcionar la documentación médica correcta, te sugerimos consultar las Listas de verificación de la AMA para solicitudes de AUT para obtener orientación y apoyo durante el proceso de solicitud, y las   guías de apoyo en la toma de decisiones del CAUT como guía para afecciones médicas comunes, tratamientos, sustancias, etc.

Conserva una copia completa del formulario de solicitud de AUT y toda la información médica enviada en apoyo de tu solicitud y una prueba del envío.

¿Qué ocurre en los grandes eventos?

Una Organización de Grandes Eventos requiere que los atletas soliciten el reconocimiento de su AUT si desean utilizar una sustancia o método prohibido en relación con el evento.

Si tiene una AUT concedida por la Organización Nacional Antidopaje de Colombia y va a competir en un Gran Evento, por ejemplo, los Juegos Olímpicos, debe ponerse en contacto con la Organización de Grandes Eventos para obtener información sobre su proceso de reconocimiento.

¿Cuándo recibiré una decisión sobre mi solicitud de AUT o solicitud de reconocimiento?

El CAUT de la Organización Nacional Antidopaje de Colombia debe tomar una decisión lo antes posible, por lo general dentro de los 21 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de AUT completa, incluyendo la información médica requerida.

¿Qué sucede si necesito renovar mi AUT?

Cada AUT tiene una duración específica, al final de la cual caduca automáticamente. Si necesitas continuar usando la sustancia o el método prohibido, es tu responsabilidad enviar con anticipación una nueva solicitud de AUT con información médica actualizada, de modo que haya tiempo suficiente para tomar una decisión antes de la fecha de vencimiento de la AUT actual.

Nota importante:

La presencia (después de la recolección de la muestra), uso, posesión o administración de la sustancia o método prohibido debe ser consistente con los términos de tu AUT. Por lo tanto, si necesitas una dosis, frecuencia, vía o duración de administración sustancialmente diferente, debes comunicarte con la Organización Nacional Antidopaje de Colombia ya que es posible que debas solicitar una nueva AUT. Algunas sustancias y dosis, por ejemplo, la insulina, a menudo se modifican durante el tratamiento y el médico tratante debe mencionar estas posibles fluctuaciones en la solicitud de AUT.

¿Qué sucede si mi solicitud de AUT a la organización nacional antidopaje de Colombia es rechazada?

La decisión de rechazar una solicitud de AUT incluirá una explicación por escrito de las razones de la denegación. Si no te queda claro, comunícate con la Organización Nacional Antidopaje de Colombia para comprender exactamente por qué se te denegó la AUT. A veces, puede faltar una pieza de información crítica, una prueba de diagnóstico, resultados de laboratorio, etc., en cuyo caso, debes volver a solicitarla. De lo contrario, puedes apelar la decisión de denegación de la siguiente manera: 

Las apelaciones a las decisiones del Comité de Autorización de Uso Terapéutico deben dirigirse al Comité de Autorizaciones de Uso Terapéutico de segunda instancia enviando su solicitud a controldopaje@mindeporte.gov.co.

¿Qué pasa si mi AUT de la organización nacional antidopaje de Colombia no es reconocida por mi federación internacional?

Tanto tú como la Organización Nacional Antidopaje de Colombia tienen 21 días para remitir el asunto a la AMA para su revisión después de la notificación del no reconocimiento. Debes enviar la misma información que nos enviaste a la Organización Nacional Antidopaje de Colombia y en la que se basó la decisión de denegar la AUT, a través de un método seguro en línea o por correo certificado a:

WADA Medical Department
World Anti-Doping Agency
Stock Exchange Tower
800 Place Victoria (Suite 1700)
P.O. Box 120
Montreal (Quebec) H4Z 1B7
Canada

La dirección de correo electrónico para realizar consultas y/o enviar la solicitud de revisión es: medical@wada-ama.org

A la espera de la decisión de la AMA, tu AUT de la Organización Nacional Antidopaje de Colombia sigue siendo válida únicamente para pruebas en competición a nivel nacional y fuera de competición. Si el asunto no se remite a la AMA para su revisión, la Organización Nacional Antidopaje de Colombia debe determinar si la AUT original que se otorgó puede seguir siendo válida para las pruebas en competencia nacional y fuera de competencia.

¿Mi información médica será tratada de manera confidencial?

Toda la información contenida en una solicitud de AUT, incluida la información médica de respaldo y cualquier otra información relacionada con la evaluación de tu solicitud de AUT, se mantiene estrictamente confidencial y se trata de acuerdo con la Declaración del Deportista contenida en el proceso de AUT de ADAMS y en el Formulario de solicitud de AUT de la Organización Nacional Antidopaje de Colombia https://www.onadcolombia.gov.co/organizacion-nacional-antidopaje/normatividad-onad/autorizaciones-uso-terapeutico/formato-autorizacion-uso-terapeutico. Todos los miembros del CAUT y cualquier otro destinatario autorizado de tu solicitud de AUT e información relacionada (como se en la Declaración del Deportista) están sujetos a una obligación de confidencialidad profesional o contractual.

Revisa detenidamente los términos de la Declaración del Deportista. En particular, ten en cuenta que si deseas revocar el derecho del CAUT de la Organización Nacional Antidopaje de Colombia a obtener la información relacionada con tu AUT de acuerdo con la Declaración del Deportista, tu solicitud de AUT se considerará retirada sin aprobación [o reconocimiento] concedido.

La Organización Nacional Antidopaje de Colombia y cualquier otro destinatario autorizado retendrá la información relacionada con tu solicitud de AUT por no más tiempo del necesario para los fines establecidos en la Declaración del Deportista, de acuerdo con el Estándar Internacional para la Protección de la Privacidad e Información Personal.

Uso de glucocorticoides y beta 2 agonistas

Glucocorticoides

Están prohibidos todos los glucocorticoides que se administren por todas las vías inyectables, oral [(incluyendo mucosa oral (p. ej. bucal, gingival, sublingual)], o rectal.

Otras vías de administración (incluida la inhalada, y la tópica: dental-intracanal, dérmica, intranasal, oftalmológica y perianal) no están prohibidas cuando se utilicen dentro de las dosis e indicaciones terapéuticas autorizadas por el fabricante.

Beta 2 agonistas

El Salbutamol inhalado (máximo 1600 microgramos cada 24 horas, en dosis que no excedan los 600 microgramos cada 8 horas), el formoterol inhalado (máximo 54 microgramos cada 24 horas), el Salmeterol inhalado (máximo 200 microgramos cada 24 horas) y el Vilanterol inhalado (máximo 25 microgramos cada 24 horas). No están prohibidas y por lo tanto no requieren AUT.

Sin embargo, la presencia urinaria de salbutamol en una concentración mayor de 1000 ng-mL o formoterol en una concentración mayor de 40n g-mL no es consistente con el uso terapéutico de la sustancia y por lo tanto se considerará un resultado Analítico Adverso (RAA), a menos que el atleta demuestre por medio de un estudio farmacocinético controlado que el resultado anormal fue consecuencia de una dosis terapéutica (por inhalación) hasta la dosis máxima indicada anteriormente.

Información de contacto

Para más información y preguntas en relación con las prácticas de información personal de la Organización Nacional Antidopaje de Colombia, comunícate controldopaje@mindeporte.gov.co

Si tienes alguna duda sobre a cuál organización debes solicitar una AUT o sobre el proceso de reconocimiento, o cualquier otra pregunta sobre las AUT, comunícate con: la Organización Nacional Antidopaje de Colombia, controldopaje@mindeporte.gov.co

Otros enlaces útiles

Estándar Internacional para autorizaciones de uso terapéutico de la AMA (EIAUT)
Listas de verificación de la AMA para solicitudes de AUT
Directrices de la AMA para el estándar internacional de autorizaciones de uso terapéutico (EIAUT) de 2021
Educación y aprendizaje antidopaje de la AMA (ADEL)

Mindeporte
  • Sede principal y Atención a la Ciudadanía
  • Avenida Cra 68 No 55-65 Bogotá DC, Colombia
  • Código postal: 111071
  • Sede Centro de Alto Rendimiento
  • Calle 63 No. 59A - 06, Bogotá, Colombia
  • Código postal: 111221
  • Horario de atención presencial
  • Lunes a Viernes 8:00 am. - 5:00 pm
  • Horario de atención presencial radicación - PQRSDF
  • Avenida Cra 68 No 55-65 Bogotá DC, Colombia
  • Código postal: 111071
  • Teléfono Conmutador: + 57-1-437 70 30 o + 57-1- 4377100
  • Líneas gratuitas
  • Servicio al ciudadano y anticorrupción: + 01 8000 910237
  • Denuncias por Violencias Basadas en Género en el Deporte: + 57 01 8000 114060
  • Correo institucional: contacto@mindeporte.gov.co
  • Notificaciones judiciales: notijudiciales@mindeporte.gov.co
  • Denuncias por actos de corrupción: controlinternodisciplinario@mindeporte.gov.co
  • Denuncias por Violencias Basadas en Género en el Deporte: nisilencioniviolencia@mindeporte.gov.co